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EL DERECHO AÉREO EN VENEZUELA ✈✔

 


Primeramente, debemos tener en cuenta que, el Derecho Aéreo comprende todo aquel conjunto de ordenamientos y leyes de carácter legal en cuanto al espacio aéreo, las aeronaves y todo lo relativo a ello. De igual manera, toda relación jurídica que tenga lugar en este ámbito.

El principal medio de transporte utilizado para operar conforme a esta rama del Derecho es la “aeronave”, la cual es toda máquina susceptible de desplazarse por la atmósfera capaz de ejercer actividades de comercio o transporte de personas. Estos pueden ser aviones, avionetas, aeroplanos, jets, helicópteros, entre otros. 

En nuestro país (Venezuela) las operaciones de las aeronaves son reguladas por una serie de organismos públicos, los cuales se dividen en:

  • Ministerio del Poder Popular para el Transporte
  • Instituto Nacional de Aeronáutica Civil (INAC)
  • Asociación Internacional del Transporte Aéreo (IATA)
  • Organización de Aviación Civil Internacional (OACI) 
  • Registro Aeronáutico Nacional

En cuanto al aeropuerto principal de Venezuela, tenemos al civil principal, el cual es de Maiquetía (Instituto de Aeropuerto Nacional de Maiquetía) y ejerce operacionales nacionales e internacionales.

El instituto rector que se encarga de regular al transporte aéreo es el INAC, el cual cabe acotar que es competente en cuanto a vigilar, fiscalizar y salvaguardar los derechos y las seguridades en el ámbito aeronáutico civil, encargándose de velar por el debido cumplimiento de las leyes concernientes a ello. 

Luego tenemos al Registro Aeronáutico Civil, que se encargará (conforme a las leyes establecidas) de llevar debidamente el registro de documentos, infraestructuras, concesiones, contratos de aeronaves, de propiedad, entre otros. El mismo será dependiente de la Autoridad Aeronáutica. 

Cada nuevo propietario de una aeronave, debe inmediatamente registrar su documento ante el Registro Aeronáutico Civil, a lo cual obtendrá su matrícula. 

Con respecto a las matrículas, estas se utilizan como una especia de huella digital, para la correspondiente identificación de (en este caso) la aeronave. Por parte de nuestro país, toda aeronave que sea registrada en nuestro territorio, llevará consigo las siglas “YV”, las cuales indican que pertenecen a Venezuela. 

Para que una aeronave pueda realizar sus operaciones, ya sea de viaje o comercio, debe poseer un “Certificado de Aeronavegabilidad”, el cual hará constar ante las autoridades que dicho vehículo aéreo se encuentra operativo conforme a los requisitos exigidos para su diseño y correcto funcionamiento. 

Para que una aeronave realice un vuelo (legalmente) debe portar de forma obligatoria y permanente los siguientes documentos:

  • Certificado de matrícula
  • Certificado de Aeronavegabilidad
  • Licencia de cada miembro de la tripulación
  • Diario de a bordo
  • Licencia de estación de radio de la aeronave
  • Si lleva pasajeros, una lista de sus nombres y lugares de embarco y destino
  • Si transporta carga, un manifiesto y declaraciones detalladas de la carga

Los basamentos legales que se encargan de la regulación de la actividad aeronáutica en Venezuela son los siguientes:

  • Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (1999)
  • Ley de Aeronáutica Civil 
  • Regulaciones Aeronáuticas Venezolanas
  • Acuerdos de Servicios Aéreos
  • Providencias Administrativas

Con respecto al Espacio Aéreo Venezolano, este abarca todo el territorio terrestre y marítimo, a la altura máxima que pueda volar una aeronave, por lo que se debe contar con una autorización para surcar dichos espacios. Adicional y sumamente importante, es el deber que tiene el Estado de proteger de todas aquellas aeronaves sin autorización que invadan los mencionados espacios de nuestra República. Específicamente, quien se encarga de estos asuntos en la Aviación Nacional Bolivariana. 

Las aeronaves también pueden ser objeto de arrendamiento o fletamento, a través del cual se pone a disposición del arrendatario al vehículo, con el fin de explotarlo comercialmente o de la forma pautada en el contrato celebrado.

La importancia de esta rama del Derecho es sumamente alta, a nivel global. Ya que, a través del Derecho Aéreo o Aeronáutico, se regulan jurídicamente las situaciones cotidianas internacionales y sin las cuales el comercio internacional o el desplazamiento de un país a otro, no serían posibles de forma adecuada.



El Derecho es moralmente obligatorio; pero, por sí solo no lleva consigo coacción alguna; él dirige, por ello, las leyes ordenan.

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