Querido
lector, has de entrar (por unos momentos) en una de las épocas más
significantes para el desarrollo de la sociedad de la que hoy en día formamos
parte. Época en la cual surgieron infinidad de valiosos cambios, que sentaron
las bases y raíces del Derecho actual.
Ahora
mismo, nos situamos en aquel tiempo en que, la antigua República Romana había
dejado de existir. Octavio Augusto, coronado Emperador, inauguraba una etapa de
expansión y prosperidad que se mantendría hasta el siglo III. A partir de
entonces se inicia la decadencia del Imperio.
Octavio
se hizo coronar por el Senado en Roma (el Senado, era la institución más
importante en Roma, ya que establecía las leyes, dirigía la política exterior y
daba normas de actuación a los magistrados) en el año 27 a.C. Su reinado se
caracterizó por una etapa de paz y prosperidad, ideas que él mismo fomentó con
una intensa labor de propaganda. Aunque mantuvo la Constitución de la antigua
República Romana hasta el año 23 a.C., después asumió el poder militar y
legislativo.
Augusto
se convirtió en el dueño total del poder en Roma y marginó al Senado en la toma
de decisiones. Se inauguraba una nueva etapa caracterizada por el poder
personal.
Octavio
Augusto estableció una nueva forma de gobierno que se denomina “imperio”,
combinando elementos de la antigua República con otros nuevos, propios de la
monarquía. Con ello transformó para siempre la esencia del Estado Romano.
El
centro de todo el Estado era el Emperador, que presidía el Senado, era jefe
supremo del ejercito y pontífice máximo, dirigía la política exterior, dictaba
las leyes y establecía los tributos. Augusto permitió que el Senado romano
siguiera existiendo, pero él tenía la última palabra y designaba al cónsul, persona
con mayor poder en la institución.
De
esta forma, apreciado lector, ha sido usted bienvenido al revolucionario e
imponente mundo del Imperio Romano.
Asimismo,
llegamos a la ciudad de Roma: impresionante, llena de bellas casas y palacios,
arcos, templos, bibliotecas, teatros, foros, etc. De agitada vida social.
Calles estrechas y ruidosas. Aunque, el tránsito de carros tirados por caballos
está prohibido desde que cae la noche hasta el momento del amanecer.
Volviendo
al plano político, y ya entrados en la increíble ciudad en la que hacen vida
los romanos, tengamos en cuenta que, en el siglo I gobernaron dos grandes
dinastías.
La
dinastía julio-claudia, a la que perteneció Tiberio, Calígula, Claudio y Nerón.
En este periodo el derecho de ciudadanía fue extendido a nuevas regiones y
grupos sociales.
Y
la dinastía Flavia, a la cual pertenecieron Vespasiano, Tito y Domiciano.
Durante
la etapa del Imperio, la sociedad estaba dividida en ciudadanos, que poseían
derechos políticos, y no ciudadanos; en estos últimos entraban las mujeres.
· Los ciudadanos,
podían participar en política, ser sacerdotes e iniciar causas penales, así
como ser propietarios y casarse. Dentro de los ciudadanos había grandes diferencias
según la riqueza.
· Los no ciudadanos, carecían
de los derechos antes mencionados. Podían ser libres o esclavos. Los esclavos
pertenecían en propiedad a otra otra persona. Estos podían recuperar la
libertad si el amo así lo decidía. Entonces pasaban a ser libertos.
· Las mujeres, nunca
fueron consideradas ciudadanas, por lo que carecían de la mayoría de los
derechos. Siempre eran tuteladas por un varón, y la potestad legal sobre sus
hijos sólo pertenecía al padre.
Para
construir el ordenamiento jurídico que forma el Derecho Romano se tomó como
base la costumbre, es decir, los actos socialmente aceptados y que a través de
la repetición quedaban validados como una forma de actuar legítima para
responder a una necesidad jurídica.
Por
tanto, los romanos regulaban tanto la esfera pública del ciudadano, su relación
con el Estado; como la privada, entre los propios ciudadanos; apoyándose en las
soluciones similares que habían resuelto de forma exitosa: conflictos de
propiedad, compraventas viciadas, adquisición por posesión continuada en el
tiempo, hurtos, delitos violentos, etc. Situaciones que hoy en día han quedado
reflejadas en nuestro ordenamiento, en el Código Civil, Código Penal y en el
Código de Comercio, entre otras normas que constituyen la base del sistema
jurídico.
El
mundo Romano dejó un simbólico legado para la formación posterior del mundo.
Entre esta herencia destacan la lengua, el Derecho y la religión.
Pero,
especialmente el Derecho, el cual fue una de las grandes creaciones de Roma. El
primer código que elaboraron los romanos fue la Ley de la Doce (XII) Tablas, al
que se fueron añadiendo los edictos o leyes imperiales. Las leyes romanas,
apreciado lector, han constituido implacable e indiscutiblemente, la base del
Derecho de los Estados actuales.
''Nullum Crimen, Nulla Poena Sine Praevia Lege''.
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