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AUTORIZACIONES DE VIAJE DE NNA ANTE NOTARIA (SAREN)


 


Conforme lo dispuesto en el artículo 392 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en cuanto a Viajes fuera del país, señala:

Artículo 392. Los niños, niñas y adolescentes pueden viajar fuera del país acompañados por ambos padres o por uno sólo de ellos, pero con autorización del otro expedida en documento autenticado, o cuando tienen un solo representante legal y viajen en compañía de éste.

En ese tenor, en la actualidad existen 5 requisitos que deben ser llenados para que proceda la autenticacion de un permiso de viaje de un niño, niña o adolescente fuera del país en Venezuela: 

  1. Ambos padres se encuentren dentro del territorio venezolano.
  2. Ambos padres estén de acuerdo con el viaje.
  3. El viaje sea por turismo. Con un boleto de retorno menor de 90 días.
  4. Documento redactado y visado por su abogado de confianza que ejerza la materia.
  5. Consignar los documentos requeridos por la Ley y el SAREN. 
Aunado a ello, es importante mencionar que el itinerario de viaje debe estar expresada con detalle en el documento, si será un viaje con escala o no, salida, destino y retorno.

¿Necesita más información? Comuiquese al contacto: Teléfono 04160777997, Instagram abg.thaliuscarocca, Correo thaliuscarocca@gmail.com, y se le atenderá para explicarle con más detalle y precisión.


"El bienestar del niño debe ser siempre la prioridad en cualquier decisión."


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